Imprudencia temeraria. Percatada la procesada que portaba a un hombre en el capó del vehículo que conducía, al que transportó durante un breve trayecto, era previsible la fácil caída, cuyas consecuencias podían ser mortales, lo que ocurrió en brevísimo tiempo y en corto espacio por la reducción por la velocidad circulando con la primera marcha, hay que reputar existente la culpa con previsión, la imprudencia consciente; pero no el resultado querido que se intentó eludir, sin éxito, mediante la maniobra evasiva.