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STS 1 de diciembre de 1998
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/09/1999
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
463
Formato
Página inicial-final
Notas internas
Notas
Resumen
Sentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 1 de diciembre de 1998: Seguro cuyo objeto es asegurar el riesgo de resolución de contrato de exportación o la falta de pago total o parcial del precio aplazado. La aseguradora alega la culpa grave significada porque el rellenado del cuestionario fue inexacto por no haber cumplido el tomador con la presentación de la carta garantía de compromiso de pago, a que se refería el último apartado del cuestionario. El motivo no puede prosperar, porque el riesgo asegurado era el de incobro de la mercancía por parte de la compradora y en ese riesgo no influía que hubiera o no un aval expedido por un tercero. Pero sobre todo, ni las condiciones generales ni las particulares contenían los efectos de la póliza para el supuesto de incumplimiento de la aportación de la carta de garantía; y es que, según el artículo tercero de la L.C.S., las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa y se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, las cuales deberán ser específicamente aceptadas por escrito. Limitar o, mejor, excluir todos los efectos del seguro sin haber informado de tamañas consecuencias al asegurado, sin hacerle firmar expresamente la particular condición, y ello después del cobro de una prima, impide pensar en grado alguno de culpa atribuible a la tomadora. Nada tiene que ver con el riesgo la exigencia de una carta de garantía, que acaso incluso haría innecesario el seguro.
Entidades
Lugar/es
Personas
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