ORDEN de 6 de febrero de 1995 por la que se suspende la aplicación de los Transportes Terrestres en materia de constitución, gestión y disposición de fianzas administrativas por los titulares de autorizaciones de transporte público discrecional por carretera y de actividades auxiliares y complementarias.> (B. O. E. núm. 35, del 10 de febrero de 1995, disp. 3546).
Por efecto de "una serie de deficiencias en los sistemas inicialmente establecidos para su constitución, gestión y disposición" que hace necesario "realizar los estudios oportunos para la sustitución del citado régimen por otro" queda suspendida durante un año la aplicación de la Orden del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medioambiente, de 12 de enero de 1994. Vid. ésta y la Resolución de la Dirección General del Transporte Terrestre de 7 de febrero de 1994, que la complementó, en el número de junio de 1994 de la Revista, a la pág. 286.