Carácter extracontractual de la responsabilidad civil de la Administración sanitaria por daños causados en la asistencia médica. Prescripción de un año (art. 1968.2º del Código Civil), rechazándose la calificación de contractual para la relación entre el paciente de la Seguridad Social y el centro hospitalario, siendo mayoritarias las sentencias de la Sala que siguen la teoría de la calificación como extracontractual.