Incendio ocasionado en el interior de un local asegurado de incendios. Reclamación del asegurado frente a la aseguradora, que se niega a pagar al constar un informe pericial en el que se considera que el incendio fue provocado, no fortuito. Se desestima la demanda en ambas instancias, al avalarse la tesis de la aseguradora. No hay vulneración de la prueba de presunciones, porque la prueba utilizada principalmente ha sido la pericial, además de otras pruebas. Deducción lógica del juzgador. el principio de presunción de inocencia es raramente aplicable en Derecho civil, donde no hay normas sancionadoras. Además, la presunción de inocencia es "iuris tantum", se puede desvirtuar por prueba en contrario, como es este caso. El resto de motivos parten de un sustrato fáctico distinto al de la sentencia, por lo que procede su desestimación.