RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACIÓN POR NO TRASPOSICIÓN DE DIRECTIVAS. Aun constatándose una injustificada demora de la Administración en la transposición de sendas Directivas europeas que ha dado lugar, asimismo, a una demora en el trámite de homologación o reconocimiento de equivalencia del título francés al título español de médico especialista (Salud Pública y Medicina Preventiva), sin embargo no concurren los requisitos de nexo causal y daño efectivo. El primero, porque la validación del título no es automática, sino que requiere el cumplimiento de una serie de requisitos para concluir con éxito un procedimiento administrativo de reconocimientos de títulos. Y no sólo no cabe establecer una relación de causalidad directa entre la actividad administrativa de referencia y las pérdidas de ingresos relativas a los hipotéticos puestos de trabajo que hubieran podido conseguir los recurrentes en caso de obtener la homologación, sino que tales daños alegados se presentan como inciertos, hipotéticos, siendo así que en materia de responsabilidad patrimonial se excluyen las expectativas y ganancias dudosas o contingentes.