La lesión del patrimonio de la actora, por la ampliación del Área Natural de Especial Interés núm. 10 ("Montañas de Artà") de la Ley 1 / 1991 de Espacios Naturales y de Régimen Urbanístico de las áreas de especial protección de las Illes Balears determinó la supresión del aprovechamiento urbanístico reconocido por el planeamiento de los terrenos de su propiedad comprendidos en el Sector Urbanizable 27 "Se Cañones" de las Normas Subsidiarias de Artà (Mallorca) los que pasaron a tener la clasificación urbanística de suelo no urbanizable de especial protección. Se plantea responsabilidad patrimonial derivada de acto legislativo.