Hacienda y el sector asegurador acordaron que los seguros de vida percibidos en forma de capital gozarían de una reducción del 70% antes de integrarlos con el resto de las rentas y aplicar la tarifa general en los rendimientos correspondientes a primas satisfechas con más de ocho años de antelación. Sin embargo en el proyecto de ley, remitido al Congreso de los Diputados tras ser aprobado en el Consejo de Ministros, Hacienda limitaba esos coeficientes reductores a las prestaciones de jubilación de contratos de seguros de vida, percibidas en forma de capital; La Dirección General de Tributos aclaró que esto era un error en la redacción del proyecto pero al encontrarse ya éste en el Parlamento no puede subsanarse mas que mediante una enmienda parcial que presente alguno de los grupos parlamentarios. Muchas entidades aseguradoras se plantean aconsejar a sus clientes que rescaten en este ejercicio las primas invertidas en seguros de vida y las reinviertan a partir del 1 de enero de 1999 en el nuevo seguro de vida a 12 años que cuenta con una fiscalidad especial.