La Ley del Seguro en su artículo 3 establece que las condiciones generales del seguro no podrán tener carácter lesivo para los asegurados y habrán de incluirse por el asegurador en la póliza que se suscriba, y tal es el caso de autos en donde las partes están de acuerdo en el contenido y sólo discrepa la aseguradora en que la póliza no contiene ni cláusula lesiva ni limitativa de derechos de los asegurados. Criterio éste que debe prevalecer, puesto que la delimitación de cobertura no tiene en principio carácter lesivo.