La UCE advierte que las pólizas de seguro de hipotecas, exigidas normalmente como condición por las entidades bancarias para la concesión de un préstamo hipotecario, deben incluir al deudor, que es la persona que suscribe la póliza, como beneficiario y no solo a la entidad de crédito. De esta forma, en caso de que ocurra un siniestro antes de terminar de pagar el crédito, ambos cobrarán a partes proporcionales con la deuda pagada.