Despido disciplinario por uso incorrecto de ordenador
Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Actualidad Aseguradora Sección Análisis Jurídico Número  39
Fecha
03-12-2007
Página inicial-final
4-5 Págs. Totales 2
Tipo documento
Descripción física
Resumen
Comentario a una sentencia del Tribunal Supremo. La cuestión se centra en determinar si las condiciones que el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores establece para el registro de la persona del trabajador, su taquilla y sus efectos personales, se aplican también al control empresarial sobre el uso por parte del trabajador de los ordenadores facilitados por la empresa. Pero el problema es más amplio, porque, en realidad, lo que plantea el recurso es la compatibilidad de ese control empresarial con el derecho del trabajador a su intimidad personal o incluso con el derecho al secreto de las comunicaciones.