No llevar el recibo del pago del seguro de coches no será sancionable
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BDS Sección Noticias del sector
Fecha
20/10/2008
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La DGT recuerda que el hecho de no llevar en el vehículo el recibo del pago del seguro obligatorio no será motivo de multa, si bien recomienda a los conductores que sigan llevando el justificante de pago. Tras la entrada en vigor, el pasado 13 de octubre, del nuevo Reglamento del Seguro Obligatorio de Autos, para la comprobación de la existencia y vigencia del seguro obligatorio, los agentes de tráfico deberán consultar el FIVA y, sólo en caso de no ser posible, se pedirá al ciudadano la presentación del recibo del seguro.